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Nota Informativa:Resolución 28-02-2020 Subsecretaría MAPA convocatoria proceso selectivo Cuerpo ITA

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Resolución de 28 de febrero de 2020, de la Subsecretaría del MAPA, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas (ejecución de Oferta de Empleo Público para 2019)

Fuente:
https://agricolas.org/noticias-consejo/nota-informativa-sobre-resolucion-28-02-2020-subsecretaria-ma 
Tema:
Colegio 
Fecha Noticia:
26/03/2020

Al respecto de la Oferta de Empleo Público (OPE) para el año 2019, informamos de que con fecha 5 de marzo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Resolución citada, mediante la cual se convoca el proceso selectivo mencionado, que corresponde a las 5 plazas de ingreso libre al Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas (Subgrupo A2). Perteneciente a los cuerpos de la Administración del Estado), las cuales constituyen la parte de la OPE de mayor interés para el colectivo profesional de Ingenieros Técnicos Agrícolas.
La antecitada Resolución de convocatoria establece las bases comunes (por referencia a las establecidas en la Orden HPF/688/2017, de 20 de julio) y las bases específicas (también accesibles en las páginas web mapa.gob.es y administración.gob.es).
El requisito de titulación exigido es el de estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico Agrícola, o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias (Base Específica 4).
La presentación de las solicitudes de acceso al proceso selectivo se habría de realizar en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», exclusivamente por vía electrónica.
No obstante, debe recordarse que en el momento actual ese plazo de presentación ha quedado en suspenso, debido al estado de alarma decretado por el Gobierno de España como consecuencia de la crisis sanitaria originada por el COVID-19 (Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19). Dicho plazo se reanudará en el momento en que pierda vigencia el antecitado Real Decreto, o, en su caso, las prórrogas del mismo".



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