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El Ayuntamiento de Manises, condenado por impedir firmar un proyecto a un ingeniero agrónomo

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El contencioso administrativo que mantenía el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Levante con el Ayuntamiento de Manises se ha saldado con una sentencia que da la razón a los ingenieros agrónomos, tras la sentencia dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Valencia.

Fuente:
https://www.hortanoticias.com/el-ayuntamiento-de-manises-condenado-por-impedir-firmar-un-proyecto-a- 
Tema:
otros 
Fecha Noticia:
24/05/2018

El motivo del contencioso, según el COIAL, fue la discriminación arbitraria de un ingeniero agrónomo al que una resolución del alcalde, Jesús Borràs, con el aval del arquitecto municipal y dos Técnicos de la Administración General, impidió firmar un proyecto de reforma interior de un local comercial para un bar restaurante.
El Colegio de Colegio de Ingenieros Agrónomos de Levante afirmó, tras conocer la sentencia, que se da la circunstancia que "hasta ahora los ingenieros agrónomos no habían tenido problemas con este tipo de proyectos en este mismo ayuntamiento, y la paradoja de que el mismo ingeniero firmó un proyecto muy similar justo a lado de donde se proyectaba la reforma objeto del conflicto hace cuatro años. Entonces, los mismos técnicos no pusieron ninguna pega".
Los servicios jurídicos del COIAL destacan que en todas las vías previas al contencioso se ha aportado justificación suficiente sobre la competencia de los ingenieros agrónomos para este tipo de proyectos, apoyada por abundante jurisprudencia que es constante, clara y pacífica sobre el asunto, pero desde el inicio quedó clara su intención.
En la sentencia, la jueza recuerda, mediante la sentencia de 2012 del TSJ de Madrid, que la Administración Pública "sirve con objetividad los intereses generales y dentro de dicha función se incardina la potestad de otorgamiento de licencias urbanísticas tanto para la realización de obras como para el ejercicio de actividades, la cual tiene un carácter eminentemente reglado sin margen alguno para la arbitrariedad". Asimismo, destaca que el artículo 219.1 de la LOTUP dispone que las licencias "se otorgarán o denegarán de acuerdo con las previsiones de la legislación y del planeamiento, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros", destacando que "a juicio de esta juzgadora, no concurre motivo que permita vedar a los profesionales con titulación de ingeniero agrónomo la redacción del proyecto necesario para licencias como la de autos, pues de acuerdo a los documentos 13 a 20 de la demanda, se imparte en la carrera universitaria asignaturas relativas a la construcción, proyectos, instalaciones eléctricas e hidráulicas..., que permiten concluir que se cuenta con la capacitación profesional para ese cometido".
Por el contrario, el Ayuntamiento de Manises alegaba que se trataba de un proyecto para un local destinado a uso residencial -los arquitectos mantienen un monopolio en este tipo de proyectos -- , para justificar el veto al ingeniero agrónomo, argumento desmontado por la jueza de forma clara empleando el propio PGOU del municipio.
Tras conocer la sentencia, el decano del COIAL, Baldomero Segura, lamentó el silencio del ayuntamiento en todo momento y "el trato vejatorio dispensado por el equipo técnico municipal: malos modos, falta de educación en el trato, prepotencia y mal estilo. Incluso llegaron a colgar el teléfono a nuestro abogado".
Finalmente, Segura ha recordado que esta victoria judicial "no es solo de los ingenieros agrónomos, sino de todos los profesionales de la ingeniería", pues las intenciones del arquitecto municipal, los Técnicos de la Administración General y en última instancia del alcalde, que es el que firma, era reservar esta actividad en exclusiva para los arquitectos. No obstante apunta que "no se suele llegar a esta situación, ya que, por ejemplo, en el resto de municipios vecinos no tenemos este tipo de problemas".



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