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¿Qué explotaciones precisarán de asesoría en plaguicidas?

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El Comité Fitosanitario ha acordado el listado definitivo, a falta de su publicación oficial. Las comunidades autónomas podrán proponer cambios de forma justificada

Fuente:
http://www.agroquimica.es/que-explotaciones-precisaran-de-asesoria-en-fitosanitarios?bole_id=7 
Tema:
otros 
Fecha Noticia:
05/06/2013

Agricultura ultima, con pocos cambios en relación a las previsiones iniciales, el listado de cultivos que quedará exento de contar con un asesor para la aplicación de productos fitosanitarios. La principal novedad radica en que las comunidades autónomas podrán proponer modificaciones, siempre comunicándolas previamente de forma justificada al Comité Fitosanitario Nacional, en el que participan el Ministerio de Agricultura y el conjunto de comunidades autónomas.

El Plan Nacional de Uso Sostenible de Fitosanitarios, fruto del Real Decreto 1311/2012, contempla la necesidad de que, con carácter general, las explotaciones agrícolas estén asesoradas por técnicos para la aplicación de fitosanitarios. Sólo quedarán liberadas de esa obligación las producciones en las que se estima un bajo uso de plaguicidas, así como las explotaciones de agricultura ecológica, producción integrada o acogidas a certificaciones.

Cereales y frutales de secano, entre los cultivos exentos

La asesoría en fitosanitarios se presenta como un pilar para fomentar la Gestión Integrada de Plagas (GIP), obligatoria para todos los agricultores a partir del 1 de enero de 2014. Con la gestión integrada de plagas, en la que se prioriza el uso de métodos alternativos a los fitosanitarios (manejo cultural, organismos de control biológico, etc.), la Administración busca la promoción de un uso más racional de los plaguicidas.

Listado de explotaciones exentas
En el último Comité Fitosanitario Nacional, celebrado a finales de abril, se determinó el listado definitivo de las explotaciones exentas de asesoría en fitosanitarios. En relación al borrador inicial, pocos cambios. Los principales, en patata se eleva de 2 a 5 hectáreas la superficie que obligará a contratar a un asesor; en tanto en viñedo, el viñedo de secano, inicialmente exento, precisará de asesor en superficies mayores a 5 hectáreas para vinificación y a 2 hectáreas para uva de mesa. Las mismas superficies se aplican al regadío.

Por cultivos, el listado de explotaciones exentas queda del siguiente modo, según el último documento manejado por Agricultura y a la espera de que se publique una resolución oficial:

Cereales: La mayoría de cereales queda excluido de contar con asesoría en fitosanitarios, salvo el arroz de regadío en superficie mayor a 2 hectáreas y los productores de maíz (no forrajero) en regadío con una superficie superior a 5 hectáreas.

 

Leguminosas: Quedan exentas de contratar a un técnico, salvo en el caso de judías secas en invernadero con plantaciones superiores a 0,5 hectáreas.

 

Tubérculos: La patata quedará exenta en superficies inferiores a 5 hectáreas; en tanto la batata y la chufa quedan exentas.

 

Cultivos industriales: Una parte de los cultivos industriales (girasol, colza, cacahuetes, plantas aromáticas, etc.) no precisarán de asesoría ni en secano ni en regadío. En el caso contrario, figura el algodón, que en superficies mayores a 2 hectáreas precisará de un técnico colaborador tanto en secano como en regadío. En regadíos mayores a 2 hectáreas, serán precisos también asesores en tabaco, tomate de industria, remolacha azucarera y pimiento para industria.

 

Forrajes: La mayoría quedan exentos, salvo la alfalfa de regadío y la remolacha forrajera de regadío, ambos cultivos en superficies mayores a 5 hectáreas. Los cultivos de menor superficie quedan exentos.

 

Hortalizas y flores: Exentas en secano. En regadío, también exentas siempre que la superficie sea menor a 2 hectáreas. En invernadero, la mayoría de hortalizas precisarán de asesor siempre que la superficie total supere las 0,5 hectáreas.

 

Cítricos y otros frutales: Exentos en secano, salvo el cerezo y guindo con plantaciones de más de 2 hectáreas. En regadío, la mayoría de frutales con más de 2 hectáreas precisarán asesor. Sólo quedan excluidos de esa obligación los frutos secos y el aguacate, chirimoyo y mango. En cultivo protegido, una parte de los frutales necesitarán de asesoría si la superficie supera las 0,5 hectáreas (níspero, cerezo, aguacate, caqui, platanera, mango, papaya y piña).

 

Viñedo: Los propietarios con más de 2 hectáreas en uva de mesa y más de 5 hectáreas en uva de transformación deberán contar con asesoría en fitosanitarios, tanto en secano como en regadío. El resto queda exento.

 

Olivar: Quedan exentas las producciones de regadío y de secano de menos de 5 hectáreas.

 

Viveros: no exentos a partir de 1 hectárea.

 

Prados, pastizales y superficie forestal: exentos.

 


A mayores, cuando en una explotación se supere la suma de 6 hectáreas en varios cultivos que, por razón de su superficie individual no precisen de asesoría, sí se requerirá de un técnico. Veamos un ejemplo práctico con dos explotaciones:

- Explotación con 300 hectáreas de cebada en secano, una hectárea de manzano en regadío y una hectárea de peral en regadío: explotación exenta en su totalidad.

- Productor con 300 hectáreas de cebada en secano, 1,5 hectáreas de manzano en regadío, 1,5 hectáreas de peral en regadío, 1,5 hectáreas de melocotoneros en regadío y 1,5 hectáreas de ciruelos en regadío: explotación exenta de asesoramiento para la cebada, pero no exenta para las 6 hectáreas de frutales en regadío.



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