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EUSKADI REGULA LA FLEXIBILIZACIÓN DEL PAQUETE DE HIGIENE

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El Gobierno Vasco ha publicado el pasado 24 de mayo el Decreto 76/2016, de 17 de mayo, que establece las condiciones para la adaptación de los requisitos higiénico-sanitarios de diversos ámbitos de la producción agroalimentaria de Euskadi.

Fuente:
http://www.elika.eus/es/ganaderia_higiene.asp?id=1963ancla1963 
Tema:
Normativa 
Fecha Noticia:
04/07/2016

El Gobierno Vasco ha publicado el pasado 24 de mayo el Decreto 76/2016, de 17 de mayo, que establece las condiciones para la adaptación de los requisitos higiénico-sanitarios de diversos ámbitos de la producción agroalimentaria de Euskadi.

 

Este nuevo marco normativo ofrece al sector agroalimentario la posibilidad de adecuar las exigencias comunitarias a las características específicas de las pequeñas explotaciones, garantizando en todo momento la seguridad de sus producciones.

 

El Decreto es de aplicación a las pequeñas empresas con un volumen limitado de producción, que se fijará en la Instrucción Técnica correspondiente.

 

Los tipos de producción son tanto la primaria como la de transformación y podrán ser comercializados en la Comunidad Autónoma por venta directa o en circuito corto de comercialización, lo que se conoce como modalidad de venta de ámbito local o de proximidad.

 

El Decreto ha sido elaborado y firmado conjuntamente por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad y el Departamento de Salud del Gobierno Vasco.

 

La adaptación de los requisitos higiénico-sanitarios tendrá su plasmación concreta en las Instrucciones Técnicas correspondientes a cada producto o grupo de productos, que serán aprobadas próximamente mediante Orden Autonómica. En este momento se están tramitando las instrucciones correspondientes a los subsectores de huevos y producción láctea, y próximamente se elaborarán otras producciones como conservas vegetales y mermeladas o la elaboración de pan y bollería.
Póster que resume el Decreto

 

Contenido del Decreto


Objetivo: adaptar de la normativa higiénico-sanitaria europea a las pequeñas producciones agroalimentarias del País Vasco.
Ámbito aplicación: actividades con pequeños volúmenes de producción, con una estructura empresarial de tipo familiar, tanto de producción primaria como de transformación de alimentos. El tamaño y volumen para cada producción se fijará en la Instrucción Técnica correspondiente.
Comercialización: limitada a la Comunidad Autónoma del País Vasco, bajo la modalidad de venta de ámbito local o de proximidad (venta directa o en circuito corto de comercialización).
Autorizaciones y registros: comunicación previa a Salud Pública (REACAV) y los registros básicos de la producción primaria (REGA, REGEPA).

 

Antecedentes

 

Los pequeños establecimientos agroalimentarios ven comprometida su rentabilidad debido a las inversiones económicas que supone el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Paquete de Higiene, sobre todo a nivel de instalaciones para la transformación. En la Comunidad Autónoma Vasca existe una demanda creciente en este sentido por parte del sector productor y de las propias personas consumidoras, para avanzar en la adaptación de los requisitos higiénico-sanitarios, tal y como lo disponen los Reglamentos comunitarios en la materia.

 

Ante esta constatación, el Parlamento instó al Gobierno Vasco a que regulara las condiciones en las que podía aplicarse la adaptación de dicha normativa europea a través de un Decreto autonómico.

 

Para dar cumplimiento este mandato, en febrero de 2014 se creó una Comisión Interdepartamental Integrada por la Viceconsejería de Salud del Dpto. de Salud y la de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco. A partir de ahí, se ha ido trabajando conjuntamente entre ambas Viceconsejerías, con la coordinación de Elika y la participación de las Diputaciones Forales y los agentes sectoriales del ámbito agroalimentario.

 

Sin duda, la publicación de este Decreto autonómico es un avance importante en la implantación y el desarrollo de nuevas iniciativas o en la diversificación de ya existentes, en el ámbito de la producción local de alimentos y los circuitos cortos de comercialización

 




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